En Madrid, la ley no prohíbe la entrada de animales en bares, todo depende de lo que decida el dueño del establecimiento.
Yo estoy viendo en varias cafeterías y restaurantes de mi barrio este cartel en la puerta.
La respuesta a esta duda la encontramos, como siempre, en La Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales (que puedes consultar en la web del Ayuntamiento)
Artículo 13: Entrada en establecimientos públicos
Salvo en el caso de perros-guía, los dueños de hoteles, pensiones, bares, restaurantes, cafeterías y similares, podrán prohibir a su criterio la entrada y permanencia de animales en sus establecimientos, debiendo anunciarse, tanto esta circunstancia como su admisión, en lugar visible a la entrada del establecimiento. Aún permitida la entrada y permanencia, será preciso que los animales estén sujetos con cadena o correa y provistos de bozal.
Os dejo este enlace por si queréis llevar el perro a la playa este año
http://nosinmiperro.es/te-vas-la-playa-perro-no-olvides/
1 comentario:
Muchas gracias por la información, la verdad es que a veces es difícil de saber que poder hacer o no con los perros. Yo tengo dos podencos bien educados gracias a la educación canina que hemos realizado y no dan ninguna lata ni nada, en terrazas si estan acostumbradas a estar porque saben quedarse quitas aun así en otros lugares muchas veces tengo dudas de si pueden estar o no.
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